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+ | Entre las primeras definiciones de la economÃa solidaria se encuentran la de la ''Carta de la EconomÃa Social'' de la plataforma nacional francesa CNLAMCA y la del Consejo de la EconomÃa Social de la Región Valona de Bélgica. Según este último, que harÃa escuela en el ámbito cientÃfico europeo, la economÃa social estarÃa integrada por organizaciones privadas, principalmente [[cooperativismo|cooperativa]]s, [[Mutualismo|mutualidad]]es y [[asociación|asociaciones]], cuya ética responde a los principios siguientes: | ||
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:*primacÃa de las personas y del trabajo sobre el capital en el reparto de las rentas, el cual define una lógica de distribución de los beneficios no ligada e incluso contraria a la participación en el capital social, como revelan criterios tales como el principio cooperativo del retorno, la dotación de patrimonios colectivos, la remuneración limitada al capital, o incluso la regla de no distribución de beneficios, | :*primacÃa de las personas y del trabajo sobre el capital en el reparto de las rentas, el cual define una lógica de distribución de los beneficios no ligada e incluso contraria a la participación en el capital social, como revelan criterios tales como el principio cooperativo del retorno, la dotación de patrimonios colectivos, la remuneración limitada al capital, o incluso la regla de no distribución de beneficios, | ||
:*finalidad de servicio a sus miembros o a la colectividad antes que de lucro, enfatizando el que la actividad económica desarrollada por estas entidades tiene vocación de servicio a personas y no de búsqueda del beneficio, este último puede aparecer pero será en todo caso un objetivo intermedio para el fin último de la entidad que es el de dar servicio y | :*finalidad de servicio a sus miembros o a la colectividad antes que de lucro, enfatizando el que la actividad económica desarrollada por estas entidades tiene vocación de servicio a personas y no de búsqueda del beneficio, este último puede aparecer pero será en todo caso un objetivo intermedio para el fin último de la entidad que es el de dar servicio y | ||
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:*Otras formas jurÃdicas. | :*Otras formas jurÃdicas. | ||
==Véase también== | ==Véase también== | ||
− | *[[EconomÃa | + | *[[Cooperativismo anarquista]] |
− | [[CategorÃa:EconomÃa | + | *[[Movimiento Cooperativista Libertario]] |
+ | [[CategorÃa:EconomÃa]] | ||
+ | [[CategorÃa:EconomÃa alternativa]] |
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La economÃa social designa a una parte de la realidad social diferenciada tanto del ámbito de la economÃa estatal del sector público como del de la economÃa privada de naturaleza capitalista.
Contents
Principios definitorios y componentes del sector de la economÃa social[edit]
Los principios de la economÃa social[edit]
175 px|thumb|EconomÃa social Entre las primeras definiciones de la economÃa solidaria se encuentran la de la Carta de la EconomÃa Social de la plataforma nacional francesa CNLAMCA y la del Consejo de la EconomÃa Social de la Región Valona de Bélgica. Según este último, que harÃa escuela en el ámbito cientÃfico europeo, la economÃa social estarÃa integrada por organizaciones privadas, principalmente cooperativas, mutualidades y asociaciones, cuya ética responde a los principios siguientes:
- procesos de decisión democráticos, heredero del principio cooperativo considerado por algunos como el central al democratizar el poder de decisión, frente a lo que acontece en el sector privado capitalista donde impera el principio capitalista de "una acción = un voto",
- primacÃa de las personas y del trabajo sobre el capital en el reparto de las rentas, el cual define una lógica de distribución de los beneficios no ligada e incluso contraria a la participación en el capital social, como revelan criterios tales como el principio cooperativo del retorno, la dotación de patrimonios colectivos, la remuneración limitada al capital, o incluso la regla de no distribución de beneficios,
- finalidad de servicio a sus miembros o a la colectividad antes que de lucro, enfatizando el que la actividad económica desarrollada por estas entidades tiene vocación de servicio a personas y no de búsqueda del beneficio, este último puede aparecer pero será en todo caso un objetivo intermedio para el fin último de la entidad que es el de dar servicio y
- autonomÃa de gestión, diferenciándose con ello especialmente de las entidades pertenecientes a la esfera pública.
Los valores que esta definición contiene (democracia, interés social, justicia distributiva) se imprimen de modo imaginativo y plural en las distintas formas sociales de entidades que integran este sector, por ejemplo con los conocidos principios cooperativos en las cooperativas.
Los componentes de la economÃa social[edit]
La economÃa social integra dos subsectores:
- a) El subsector de mercado, integrado por las empresas con organización democrática (una persona, un voto) y con distribución de beneficios no vinculada al capital aportado por el socio.
Este subsector estarÃa formado, según Barea y Monzón, por las siguientes formas jurÃdicas:
- Cooperativas,
- Sociedades laborales,
- Sociedades Agrarias de Transformación,
- Empresas mercantiles no financieras controladas por agentes de la economÃa social,
- Cooperativas de crédito y secciones de crédito de las cooperativas,
- Cajas de ahorro,
- Mutuas de seguros,
- Mutualidades de previsión social,
- b) El subsector de no mercado, que integrarÃa a las instituciones privadas sin fines de lucro al servicio de los hogares.
Este subsector estarÃa integrado, según ambos autores referidos, por las siguientes formas jurÃdicas:
- Asociaciones,
- Fundaciones,
- Otras formas jurÃdicas.